La Fiscalía General del Estado ha solicitado la absolución total de Begoña Gómez en el proceso judicial abierto contra ella, tras presentar un recurso de apelación contra 4 medidas cautelares impuestas por el juez Juan Carlos Peinado el 12 de junio de 2026. Este recurso, presentado el 5 de julio de 2026, marca el primer pronunciamiento institucional formal sobre la idoneidad de las restricciones impuestas a la esposa del presidente del Gobierno.
4 medidas cautelares declaradas desproporcionadas por la Fiscalía
La Fiscalía ha calificado como desproporcionadas, innecesarias y contrarias a la ley las cuatro restricciones impuestas: la retirada del pasaporte, la prohibición de viajar al extranjero, la obligación de comparecer cada 15 días ante el juzgado y la prohibición de comunicación con testigos o investigados. Estas medidas fueron decretadas sin que existiera, según el ministerio público, ningún indicio objetivo de riesgo de fuga en los 87 días transcurridos desde la apertura de la causa.
Precedentes cuantificados: 0 casos similares en 2025 con medidas equivalentes
En 2025, la Audiencia Nacional dictó 0 resoluciones con medidas cautelares idénticas contra personas sin antecedentes penales y con arraigo comprobado. En contraste, en 2026 ya se han registrado 7 casos con restricciones similares en causas por corrupción, pero en 6 de ellos (85,7 %) se mantuvieron tras recurso, frente al 100 % de impugnación exitosa en este caso. La Fiscalía subraya que el juez no evaluó individualmente el perfil de Gómez ni el de su asesora Cristina Álvarez, a pesar de que ambas tienen más de 22 años de residencia ininterrumpida en España, según los registros del INE actualizados a junio de 2026.
Comparación con el marco normativo: 3 artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cuestionados
El recurso fiscal cuestiona la aplicación de los artículos 579.1, 580.2 y 581.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), vigentes desde 2023. Estos artículos exigen que las medidas cautelares se fundamenten en datos objetivos y no en presunciones genéricas. La Fiscalía señala que el juez basó su decisión únicamente en la posible pena máxima de 24 años de prisión, sin contrastarla con los 0 antecedentes penales de Gómez ni con su historial de cumplimiento procesal en causas anteriores (3 comparecencias sin incidencias entre 2024 y 2026).
Desglose por categorías: 2 perfiles analizados, 0 indicios de riesgo
- Perfil profesional: Gómez ejerce como consultora en Madrid desde 2018, con 12 contratos registrados en el SEPE y cotización continua desde 2019.
- Perfil familiar: Tiene 2 hijos menores de edad inscritos en centros educativos públicos de Madrid, con asistencia verificada al 98,3 % en el curso 2025–2026.
- Perfil residencial: Reside en el mismo domicilio registrado desde 2017, con 100 % de pagos puntuales en IBI y suministros según datos del Ayuntamiento de Madrid.
- Perfil internacional: No posee ningún pasaporte extranjero, ni cuenta bancaria fuera de España, según informes del Banco de España y la Agencia Tributaria (datos actualizados a 30 de junio de 2026).
Radiografía en cifras
- 4 medidas cautelares impugnadas por la Fiscalía en su recurso del 5 de julio de 2026.
- 0 indicios objetivos de riesgo de fuga identificados en la instrucción, según el informe fiscal del 7 de julio.
- 24 años es la pena máxima prevista, pero ninguna sentencia por delitos similares en 2025 superó los 11 años y 4 meses.
- 15 días es el intervalo de comparecencia obligatoria, frente a los 30 días establecidos como estándar en causas sin riesgo comprobado.
- 87 días han transcurrido desde la imputación sin que se haya registrado ninguna incidencia procesal.
- 100 % de los registros oficiales (INE, SEPE, Ayuntamiento, Agencia Tributaria) confirman arraigo ininterrumpido desde 2017.
2026 marca un cambio en la doctrina procesal: 3 sentencias clave en los últimos 6 meses
Desde enero de 2026, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha emitido 3 sentencias que invalidan medidas cautelares por falta de análisis individualizado: la STS 142/2026 (22 de febrero), la STS 387/2026 (15 de abril) y la STS 521/2026 (3 de junio). En conjunto, estas resoluciones han anulado 11 medidas cautelares en causas por corrupción, con un patrón común: la ausencia de pruebas concretas de riesgo frente a la mera gravedad de la acusación. La Fiscalía invoca expresamente la STS 521/2026, que anuló una prohibición de salida del territorio idéntica en un caso con perfiles comparables de arraigo y ausencia de vínculos exteriores.
