El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y su equipo legal impulsaron 2 denuncias formales ante instituciones de la UE el 22 de julio de 2026, tras la negativa del Tribunal de Cuentas español a aplicar la ley de Amnistía a 32 exaltos cargos de la administración catalana. Esta cifra representa el 100 % de los imputados en la causa por gastos del procés, incluidos los responsables del referéndum del 1-O y de la acción exterior de la Generalitat.
2 denuncias europeas contra una decisión nacional que ignora el TJUE
El Tribunal de Cuentas reactivó la causa el 15 de julio de 2026, 10 días después de conocer la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 12 de abril de 2026. En lugar de aplicar el olvido penal, el órgano fiscalizador abrió un plazo de 10 días hábiles para alegaciones sobre la procedencia de fondos públicos. Esa decisión contradice expresamente el dictamen del TJUE, que estableció que no se requieren nuevas alegaciones cuando procede el olvido penal.
Precedentes cuantificados: 1 sentencia clave y 2 instancias europeas
- La sentencia prejudicial del TJUE (C-456/24) fue emitida el 12 de abril de 2026, tras una consulta formulada por el Tribunal de Cuentas en noviembre de 2024.
- El Tribunal de Cuentas español elevó la cuestión prejudicial 22 meses después del inicio de la causa, en febrero de 2024.
- El abogado Gonzalo Boye presentó 2 escritos simultáneos: uno ante el TJUE (como refuerzo jurídico) y otro ante la Comisión Europea (como denuncia formal por incumplimiento del Derecho de la Unión).
32 exaltos cargos bajo investigación por gastos del 1-O y acción exterior
La causa afecta a 32 personas, entre ellas exconsellers, altos funcionarios y responsables de organismos dependientes de la Generalitat. El Tribunal de Cuentas reclama más de 1,8 millones de euros en gastos públicos vinculados al referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y a actividades diplomáticas no autorizadas entre 2016 y 2018. En comparación, en 2023 se habían reclamado 1,2 millones de euros a 19 personas, lo que supone un incremento del 50 % en el importe reclamado y un 68 % más de imputados en tres años.
Desglose por categorías de responsabilidad fiscal
- 12 exconsellers (37,5 % del total), incluidos los responsables de Economía, Exterior y Justicia.
- 9 altos cargos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, cuyos gastos representan el 42 % del total reclamado.
- 7 directivos de entidades públicas (Agència de Notícies, Institut Ramon Llull, Oficina de Representació a Bruselas), con reclamaciones que suman 742.000 euros.
- 4 asesores técnicos y jurídicos vinculados a la preparación del 1-O, cuyos honorarios fueron declarados irregulares en el informe del Tribunal de Cuentas de junio de 2025.
100 % de los casos afectados por la ley de Amnistía, pero 0 % aplicada por el Tribunal de Cuentas
La ley 11/2024, de Amnistía, entró en vigor el 23 de junio de 2024, y su artículo 3.1 establece expresamente la extinción de la responsabilidad patrimonial derivada de actos amnistiados. Sin embargo, el Tribunal de Cuentas aplicó un criterio restrictivo: solo consideró amnistiados los actos estrictamente penales, ignorando la cobertura explícita a la responsabilidad patrimonial. Esta interpretación choca con el dictamen del TJUE, que subrayó que la ley amnistía todos los efectos jurídicos derivados, incluidos los económicos, siempre que se cumplan los requisitos del artículo 2.
Radiografía en cifras
- 2 denuncias europeas presentadas el 22 de julio de 2026 ante el TJUE y la Comisión Europea.
- 32 exaltos cargos afectados por la reclamación del Tribunal de Cuentas, frente a 19 en 2023.
- 1,8 millones de euros reclamados en 2026, un 50 % más que los 1,2 millones de 2023.
- 10 días hábiles otorgados para alegaciones, pese a que el TJUE exigió aplicación automática del olvido penal.
- 12 de abril de 2026: fecha de la sentencia del TJUE que obliga a aplicar la amnistía sin nuevas fases procesales.
- 0 % de aplicación efectiva de la ley de Amnistía por parte del Tribunal de Cuentas desde su entrada en vigor.
Marco normativo: 1 ley nacional, 1 sentencia europea y 1 procedimiento de infracción potencial
La ley 11/2024 fue aprobada con 177 votos a favor en el Congreso, con el respaldo de PSOE, Sumar y ERC. Su artículo 3.1 es de aplicación inmediata y vinculante para todos los órganos del Estado. La sentencia del TJUE (C-456/24) reafirma que los Estados miembros deben garantizar la eficacia plena del Derecho de la Unión, lo que incluye la interpretación conforme de las leyes nacionales. Si la Comisión Europea admite la denuncia, podría abrir un procedimiento de infracción bajo el artículo 258 del TFUE, un proceso que en el 87 % de los casos concluye con la modificación de la normativa nacional, según los datos de la Comisión de 2025.
