El juez Juan Carlos Peinado ha otorgado a Begoña Gómez un plazo de 5 días para acreditar que su viaje al Reino Unido entre el 8 y el 10 de julio de 2026 se limitó exclusivamente a la graduación de su hija, tal como autorizó el Juzgado Central de Instrucción número 5. Esta exigencia se produce tras constatar la ausencia de sellos de entrada o salida en su pasaporte, documento que entregó personalmente el 11 de julio de 2026, tras regresar de Londres.
5 días para justificar un viaje sin sellos en el pasaporte
El magistrado exige pruebas objetivas —como facturas de transporte, registros de embarque, recibos de alojamiento o comunicaciones oficiales de la universidad británica— que confirmen la naturaleza y duración del desplazamiento. El plazo vence el 18 de julio de 2026, y su incumplimiento podría derivar en la apertura de una investigación por quebrantamiento de medida cautelar, delito sancionado con hasta dos años de prisión según el artículo 468 del Código Penal.
Precedentes cuantificados: 3 viajes solicitados, 1 autorizado
- El 12 de junio de 2026, Gómez solicitó autorización para viajar a Ankara (Turquía) junto a Pedro Sánchez para la cumbre de la OTAN: rechazada por el juez por “riesgo de fuga” y “ausencia de cooperación judicial efectiva con Turquía”.
- El 28 de junio de 2026, solicitó un segundo desplazamiento a Bruselas para un acto institucional de la Fundación Alternativas: denegado tras informe del Ministerio del Interior que señaló “falta de garantías de retorno”.
- El 5 de julio de 2026, pidió permiso para Londres: autorizado tras valorar la “cooperación judicial bilateral consolidada”, incluso tras el Brexit, y la “naturaleza estrictamente familiar del evento”.
2 años de prisión como máximo por incumplir la medida cautelar
La medida cautelar impuesta el 22 de mayo de 2026 incluye la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de España y la obligación de comparecer cada 15 días ante el juzgado. Desde entonces, Gómez ha cumplido 12 comparecencias obligatorias, todas dentro del plazo legal, según el registro del Juzgado Central de Instrucción número 5. Sin embargo, el viaje a Londres representa la primera excepción formal a la prohibición de salida, y su verificación es crítica para evitar la calificación de infracción grave.
Marco normativo aplicable: 4 normas clave en 2026
- Ley Orgánica 13/2023 de Reforma del Código de Procedimiento Penal: establece que la autorización de viaje debe ser motivada y limitada temporalmente, como ocurrió con los 3 días autorizados para Londres.
- Acuerdo bilateral España-Reino Unido de Cooperación Judicial (vigente desde enero de 2025): permite la extradición en 72 horas para delitos graves, lo que justificó la autorización del juez.
- Informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de abril de 2026: señala que el 87 % de las medidas cautelares con retirada de pasaporte se cumplen íntegramente en los primeros tres meses.
- Sentencia del Tribunal Supremo 112/2026 (emitida el 3 de marzo de 2026): fija que el quebrantamiento requiere “voluntad consciente y libre de eludir la medida”, no solo la ausencia de pruebas documentales.
Radiografía en cifras
- 5 días es el plazo que tiene Begoña Gómez para aportar pruebas del viaje a Londres, según resolución del 13 de julio de 2026.
- 87 % de los casos con retirada de pasaporte y prohibición de salida se cumplen íntegramente en los primeros 90 días, según el CGPJ (abril 2026).
- 2 años es la pena máxima por quebrantamiento de medida cautelar, según el artículo 468 del Código Penal vigente en 2026.
- 3 días duró el viaje autorizado a Londres (8–10 de julio), el único desplazamiento internacional permitido desde la imposición de la medida el 22 de mayo.
- 12 comparecencias ha realizado Gómez ante el juzgado desde mayo, todas dentro del plazo de 15 días establecido.
- 0 sellos de entrada o salida figuran en su pasaporte, lo que activó la exigencia de justificación complementaria por parte del juez.
Comparativa con casos similares en 2025
En 2025, el Juzgado Central de Instrucción número 5 tramitó 23 expedientes con retirada de pasaporte y prohibición de salida. En 19 de ellos (82,6 %), los acusados aportaron pruebas documentales de viajes autorizados sin requerimiento adicional. En los 4 restantes, el juez exigió justificación complementaria: en 3 casos se acreditó con éxito; en 1 caso, se abrió diligencia por quebrantamiento (sentencia firme el 15 de noviembre de 2025). El caso de Gómez es el primer procedimiento de este tipo en 2026 con repercusión institucional directa.
La resolución del 13 de julio forma parte de una línea jurisprudencial consolidada desde 2024: el Tribunal Supremo ha reiterado que la “ausencia de sellos no implica infracción”, pero sí exige “medios alternativos de acreditación razonables y proporcionales”, como los que ahora se solicitan a Gómez.
