La Tesorera General de la Seguridad Social ha publicado recientemente un documento que detalla los incentivos a la contratación y las peculiaridades de cotización que las empresas deberán asumir a partir de 2025. Estas medidas, que entraron en vigor el 1 de enero, abarcan una variedad de situaciones laborales, desde la contratación indefinida hasta la transformación de contratos temporales en indefinidos, así como incentivos específicos para diferentes sectores y regiones.
Uno de los aspectos más destacados de este documento es la inclusión de bonificaciones para la contratación indefinida de colectivos excluidos, como los trabajadores con discapacidad. Las bonificaciones varían entre 128 y 525 euros al mes, dependiendo de factores como la edad y el género del trabajador. Además, se ofrecen incentivos a la contratación de parados de larga duración y otros colectivos sociales que enfrentan barreras en el mercado laboral.
En cuanto a la transformación de contratos temporales en indefinidos, las empresas podrán beneficiarse de reducciones en la cuota empresarial durante los primeros tres años. Estas bonificaciones oscilan entre 55 y 147 euros al mes, dependiendo del género del trabajador. Para aquellos que transformen contratos temporales a indefinidos para trabajadores con discapacidad, las bonificaciones pueden comenzar en 375 euros al mes y llegar hasta el 100% de la cuota empresarial en el caso de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo (CEE).
Las bonificaciones también se extienden a contratos temporales no formativos. Por ejemplo, si el trabajador es mujer, mayor de 45 años y tiene una discapacidad superior al 65%, la bonificación puede alcanzar los 441,56 euros al mes durante toda la vigencia del contrato. Asimismo, los contratos temporales destinados a cubrir bajas por riesgo durante el embarazo o cuidado del menor tienen derecho a una bonificación de 366 euros al mes, lo que equivale a 4.392 euros anuales.
Los contratos de formación en alternancia también se benefician de bonificaciones que varían entre 28 y 91 euros al mes, o del 50% de la cuota empresarial si se trata de personas con un grado de discapacidad superior al 33%. Esto se aplica tanto a contratos formativos como a aquellos necesarios para obtener la práctica profesional requerida para una titulación.
En términos de incentivos por sectores, la contratación de personal dedicado a la investigación y desarrollo (I+D+i) cuenta con un incentivo del 40% de la cuota por contingencias comunes a cargo de la empresa durante los primeros tres años. Para los contratos de personal investigador predoctoral en formación, el incentivo asciende a 115 euros al mes, lo que suma 1.380 euros al año durante la vigencia del contrato.
Los sectores de turismo, comercio vinculado y hostelería también se benefician de estas nuevas medidas. Los contratos fijos-discontinuos firmados en estos sectores tendrán derecho a una bonificación de 262 euros al mes durante toda su vigencia. Además, los contratos indefinidos o de sustitución firmados en Ceuta y Melilla disfrutarán de una reducción del 50% en la cuota empresarial.
En cuanto a las peculiaridades de cotización, los contratos de duración determinada estarán obligados a cotizar un 8,30% por desempleo, con una aportación del 6,70% a cargo de la empresa y el 1,60% a cargo del trabajador. También se ha actualizado el recargo para contratos temporales con una duración inferior a 30 días, que será de 32,60 euros a cargo del empresario al finalizar el contrato, un ligero aumento respecto al año anterior.
Otra novedad importante es la posibilidad de que un trabajador sea reconocido con una discapacidad igual o superior al 33% durante la vigencia de un contrato temporal. En estos casos, la cotización por desempleo se ajustará al 7,05%, con un 5,50% a cargo de la empresa y un 1,55% a cargo del trabajador. Estas medidas buscan fomentar la inclusión laboral y mejorar las condiciones de contratación en el país, adaptándose a las necesidades del mercado laboral actual.