El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido un fallo que invalida el complemento de pensiones por cuidado de hijos en España, considerándolo discriminatorio hacia los hombres. Esta decisión se produce tras una serie de cuestionamientos planteados por juzgados españoles sobre la compatibilidad de la normativa nacional con la legislación europea sobre igualdad de trato en materia de Seguridad Social.
El complemento, que fue introducido originalmente en 2016 por el gobierno de Mariano Rajoy, tenía como objetivo compensar a las mujeres que habían tenido al menos dos hijos, reconociendo el impacto que la maternidad tiene en sus carreras de cotización. Sin embargo, el TJUE ya había señalado previamente que el diseño de este complemento era discriminatorio, ya que solo beneficiaba a las madres.
En 2021, el gobierno de Pedro Sánchez reformó la legislación para incluir a los padres como beneficiarios del complemento, pero con condiciones que limitaban su acceso. Según la normativa vigente, las madres obtienen automáticamente el derecho a este complemento al acceder a la pensión, mientras que los padres deben demostrar que su carrera profesional se vio interrumpida o afectada debido al nacimiento o adopción de sus hijos.
El TJUE ha determinado que esta diferencia de trato es inaceptable, ya que hombres y mujeres pueden encontrarse en situaciones comparables. La sentencia establece que la normativa española discrimina directamente a los hombres, ya que les impone requisitos adicionales que no se exigen a las mujeres. Esto significa que, aunque los padres pueden ser beneficiarios del complemento, su acceso está condicionado a circunstancias que no se aplican a las madres.
El fallo del TJUE responde a cuestiones prejudiciales planteadas por dos juzgados españoles, que cuestionaban si la redacción de la norma nacional era compatible con el principio de igualdad de trato. La Corte ha dejado claro que la legislación española debe ser revisada para eliminar esta discriminación, lo que podría llevar a una nueva reforma legal.
Además, el TJUE ha indicado que la normativa actual no solo es discriminatoria, sino que también podría dar lugar a indemnizaciones para aquellos hombres que han sido excluidos del complemento hasta ahora. Esto abre la puerta a posibles reclamaciones por parte de padres que se han visto perjudicados por la aplicación de la ley.
El complemento de pensión por cuidado de hijos, que actualmente es de 39,5 euros al mes por hijo (hasta un máximo de cuatro), se ha convertido en un tema de debate en el contexto de la igualdad de género en el ámbito laboral y de la seguridad social. La sentencia del TJUE pone de relieve la necesidad de una revisión exhaustiva de las políticas de pensiones en España, para asegurar que se respeten los principios de igualdad y no discriminación.
La situación actual plantea un desafío para el gobierno español, que deberá encontrar una solución que garantice un trato equitativo para todos los progenitores. Esto podría implicar la eliminación de los requisitos adicionales para los padres o la implementación de un sistema que permita a ambos progenitores acceder al complemento de manera automática, similar a lo que se aplica a las madres.
En resumen, el fallo del TJUE representa un paso significativo hacia la igualdad de género en el ámbito de las pensiones en España. La decisión no solo cuestiona la validez de la normativa actual, sino que también subraya la importancia de garantizar que todos los ciudadanos, independientemente de su género, tengan acceso a los mismos derechos y beneficios en el sistema de seguridad social. La respuesta del gobierno español a esta sentencia será crucial para definir el futuro del complemento de pensiones por cuidado de hijos y la igualdad de trato en el ámbito de la seguridad social.